Presentamos a continuación un informe sobre los procesos contra los
genocidas de la última dictadura llevados adelante desde la anulación de las
leyes de impunidad en 2003 hasta marzo de 2012. Destacamos sólo los procesos
que han pasado por la etapa de juicio oral y tienen condena de un tribunal
federal del país, porque dan una idea más acabada del número de condenas a que
se ha llegado en estos años.
Los datos son de elaboración propia de HIJOS La Plata en base a
información pública tanto de las investigaciones de los organismos de DDHH,
como del Ministerio Público Fiscal (www.mpf.gov.ar) y del Poder Judicial
(www.cij.gov.ar). Cabe destacar que si bien los organismos del Estado realizan
seguimientos o informes coyunturales sobre los juicios, su ponderación de las
cuantificaciones siempre están marcadas por la media de su respuesta como
órgano público ante demandas populares, es decir, se muestra sólo lo que
conviene a la rendición de cuentas de una actividad burocrática, relegando los
problemas estructurales (políticos y operativos) que atraviesan al tema. Intentamos
con estas líneas sumar a la discusión sobre el estado real del proceso de
juzgamiento iniciado hace más de 8 años, sus contradicciones y avances, la
profundidad de su razón de ser y la necesidad completarlo cuanto antes. Poder
contar con estas cifras es importante para evaluar con argumentos sólidos el
proceso de juzgamiento. Los datos nos confirman la significancia de la
investigación independiente sobre estos temas, y nos inducen a pensar que lo
sustancial no es sólo cuantificar qué hizo una gestión de gobierno en
abstracto, sino comparar la dimensión real de participación de efectivos de las
fuerzas armadas y de seguridad en el Terrorismo de Estado, que supera ampliamente
los varios miles de ejecutores, con el último impulso de condena que se viene
dando desde 2003.
La presidenta Cristina Fernández hizo hace poco un acto de
abandono del optimismo que venía manifestando sobre el proceso de juzgamiento a
los genocidas de la última dictadura. Lo hizo en una fecha clave: el de 10
diciembre de 2011, día internacional de los DDHH. En ocasión de su reasunción
de mando ante el Congreso de la Nación dijo, casi librando el proceso a su
propia suerte: “Y yo decía, tengo acá una frase del discurso que pronunciara
con motivo de la asunción en el 2007 que, si me permiten, lo voy a leer
textualmente, referido, precisamente, a los juicios de derechos humanos: ‘Yo
espero que en estos cuatro años de mi mandato- me refería obviamente al mandato
que se iniciaba el 10 de diciembre del 2007-, estos juicios que han demorado
más de treinta años en ser iniciados, puedan ser terminados’. Si bien se
registra un gran avance en los mismos, lo único que sueño y lo único que le
pido a la Justicia de mi país, es que el próximo presidente que tenga que
prestar juramento el 10 de diciembre del 2015, no tenga que volver a pronunciar
esta frase y hayamos dado vuelta definitivamente una página tan trágica de
nuestra historia”.
Lo que propone la presidenta es técnicamente impracticable. Sobre todo si
pensamos que en 8 años de caídas las leyes de impunidad se juzgó al 15% de
los represores procesados, que son una ínfima parte de los que participaron
del genocidio, y que la cantidad de juicios por año es constante al igual que
el promedio de imputados por juicio. ¿A través de qué solución voluntarista
habríamos de pensar que en la mitad de tiempo
se hará una tarea que, así
planteadas las cosas, llevará varias décadas si es que los represores no
deciden morirse antes?.
En general, y siempre comparando lo que se ha hecho con la dimensión
histórica real de participación de agentes militares, policiales y civiles en
la represión, es necesario un mayor impulso de avance en los procesamientos,
así como mayor acumulación de las causas hacia la lógica del CCD o el Circuito
represivo, que se logra sólo con un mayor impulso político general del proceso
juzgador, que este gobierno no está dispuesto a dar. Por ello, la voluntad
manifiesta del oficialismo de “clausurar esta etapa histórica”, será una
efectiva clausura, pero que dejará a miles de represores libres, a miles de
familias sin respuesta por tantos años de lucha por Justicia y a una sociedad
toda engañada sobre una política a medias de Juicio y Castigo.
En Marzo de 2012 se cumplieron 8 años y medio de caídas las leyes de
impunidad gracias a la lucha popular, tiempo en que el Estado argentino sólo
efectivizó 68 juicios orales con sentencia en todo el país. En esos 68
juicios estuvieron procesados 314 imputados (algunos represores en varias
causas), donde hubo 289 condenas, 24 absoluciones y dos muertos impunes
mientras duraba el proceso, por un universo de 1436 víctimas. Esto quiere
decir que sólo alrededor del 15 % del total de los 1.800 procesados desde
2003 fue condenado, y en la mitad de los casos con codenas menores al máximo de
la pena.
Para un balance rápido sobre la situación de impunidad es interesante
comparar los datos de condenas con los de represores muertos antes que
la justicia llegue a condenarlos, porque da una pauta de la falta de celeridad
del proceso. La balanza sigue inclinando hacia la impunidad, ya que son 292
genocidas muertos impunes contra 289 condenados.
Los últimos ocho genocidas imputados en distintas causas que murieron
impunes son represores tan sonados como Cristino Nicolaides, jefe del
Ejército durante la cuarta junta militar y por responder en el juicio por el
“Plan Sistemático de Apropiación de bebés”. O como Rubén Visuara, agente
de la SIDE y primer jefe del centro clandestino de detención “Automotores
Orletti”, reincorporado al órgano de inteligencia del Estado por Hugo
Anzorreguy y en actividad allí hasta el gobierno de De la Rúa. O como Pedro
Alberto Duran Sáenz, jerarca del CCD “El Vesubio” fallecido a menos de un
mes de concluir el primer juicio sobre ese lugar de detención. O como Julián
Corres, represor que actuó en el CCD “La Escuelita” de Bahía Blanca y que
esquivó durante años a la justicia como beneficiario de leyes de perdón, como
procesado prófugo, como fugado, como apartado de la causa por cuestiones de
salud y finalmente como muerto antes de recibir condena. El caso más reflejado
en los medios de comunicación fue la muerte de Antonio Domingo Bussi,
coordinador de la represión como interventor militar de Tucumán y en todo el
noroeste como jerarca de la estructura del Comando del 3er Cuerpo del Ejército.
Bussi fue condenado a perpetua sólo en la Causa Brandalisis en Córdoba en
septiembre de 2009, fue apartado de varias causas por cuestiones de salud,
cumplía condena domiciliaria en un country tucumano y murió impune con varios
procesos pendientes. En diciembre pasado, el ex jefe de la policía santiagueña
durante la dictadura, Juan José Ramírez, que estaba prófugo de la
justicia, se suicidó al ser localizado por la policía Federal arrojándose a las
vías de la Estación de San
Isidro. En febrero de este año, murió uno de los peces gordos de la represión
en Chubut, Carlos Alberto Barbot, jefe del área 536 e interventor de la
Policía del Chubut en dictadura, que con 78 años estaba procesado en varias
causas que esperan juicio oral y público cuando se decida el Tribunal Oral
Federal de Comodoro Rivadavia. El último caso nos tocó de carca en La Plata, ya
que se trata de la muerte de Rubén Oscar Páez, uno de los jefes del
Centro Clandestino de Detención de la Brigada de Investigaciones de La Plata e
imputado en el juicio “Circuito Camps” que desde octubre pasado se desarrolla
en nuestra ciudad. La muerte de Paez, junto a las de Juan Fiorillo, Rodolfo
Gonzalez Conti y Osvaldo Sertorio en la instrucción de estas causas, no hace
más que confirmar la estrategia de “impunidad biológica” con que los genocidas
se benefician como involuntario último recurso ante el cansino avance de las
investigaciones. Insistir a la justicia y al resto de los poderes del Estado
con un reclamo de mayor celeridad en los juicios es, a esta altura, además de
una marca de coherencia de los que hace 36 años venimos luchando por Juicio y
Castigo, un alerta ineludible para que las condenas que llegan tarde no se
transformen, paradójicamente, en el último eslabón de la cadena de impunidad.
Entonces, comparado con los miles de represores implicados en el
Terrorismo de Estado entre el ’76 y el ’83, e incluso, comparado con los cerca
de 1.800 procesados, ese 15 % de condenados es menos auspicioso que lo
pretendido desde los sectores oficiales como una “política de Estado” basada en
“Memoria, Verdad y Justicia”.
En cuanto a las zonas represivas de la dictadura y a las fuerzas que
participaron del Terrorismo de Estado, si subdividimos el total de juicios y
condenas efectivizados por zona y por fuerza represivas, la perspectiva es
mucho más desalentadora. Y obtenemos que respecto a las 3 zonas represivas más
importantes, en lo que corresponde al Ejército y las policías provinciales se
han hecho:
- 24 juicios en jurisdicción del Comando del Primer Cuerpo con 99
condenas.
- 16 juicios en jurisdicción del Comando del Segundo Cuerpo con 56
condenas.
- 19 juicios en jurisdicción del Comando del Tercer Cuerpo del Ejército
con 80 condenas.
Es lógico que las cifras sean mayores en esas jurisdicciones porque
concentraron mayor número de centros clandestinos y de efectivos por ser las
zonas más pobladas y de mayor actividad organizativa militante. Pero si
revisamos otras jurisdicciones como la del Comando del Cuarto Cuerpo de
Ejército, que incluyó 8 partidos del norte bonaerense vemos que el
juzgamiento fue de solo un proceso: el que en Abril de 2011 condenó a Luís
Patti, Reynaldo Bignone, Santiago Omar Riveros y dos genocidas más, por 5
casos en hechos represivos cometidos en el partido de Escobar y zona de
influencia.
Y en el caso del Comando del Quinto Cuerpo, que abarcaba a toda
la Patagonia, sólo se realizaron 2 juicios que condenaron a 14
policías y militares que actuaron en los CCD “La Escuelita” de Neuquén, las
comisarías de Sierra Grande y Viedma y la Escuela de Cadetes de Viedma.
En cuanto al resto de las fuerzas represivas, sólo se logró condenar
a 21 integrantes de las patotas de la Armada y un civil, Juan Herzberg en la
Causa Alonso de La Plata, por el caso de apropiación de Natalia Suarez
Nelson-Corvalán, a Justo Ortiz y Roberto Pertusio en la causa de Base Naval
de Mar del Plata y a 17 de los 18 represores imputados en Causa ESMA.
Además sólo 4 fueron los integrantes de la Fuerza Aérea condenados a la
fecha (Pedro Barda, Cesar Comes, Hipólito Mariani y Gregorio Molina) en las
causas Mansión Seré y Área Mar del Plata. Y hubo sólo 1 integrante de
Gendarmería condenado, Víctor Enrique Rei, en el caso de la apropiación de
Alejandro Adrián Fontana-Sandoval.
Si revisamos las características de los juicios en cuanto al número de
imputados que incluyeron veremos que de los 68 procesos realizados, más de
la cuarta parte tuvieron un solo imputado en el banquillo, más de la mitad
tuvieron entre 1 y 5 imputados, y las tres cuartas partes de ellos entre 1 y 10
imputados. Ese patrón responde a la lógica de juzgamiento sólo de las
responsabilidades de los altos jefes del mando militar o policial que funcionaron
como responsables en la estructura orgánica de las zonas represivas, pero no
contempla a la totalidad de los represores que actuaron en cada CCD ni mucho
menos a la totalidad de víctimas que por ellos pasaron.
Si analizamos la característica de las penas, surge que sólo el 45 %
de los represores fueron condenados al máximo de la pena (prisión o reclusión
perpetua). En efecto, el 17 % de los condenados recibió 25 años de prisión,
y el restante 38 % menos de 25 años.
Además hubo 24 polémicas absoluciones, de las que destacamos el caso
del genocida Alejandro Duret en la causa por el secuestro y desaparición de
Carlos Labolita, absuelto por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata; el del
represor Miguel Angel Trimarchi, perdonado en el juicio por la Masacre de
Fátima por el Tribunal Oral Federal Nº 5 de Capital Federal; el caso del
torturador de la Policía Federal Juan Carlos Falcón, eximido en el juicio
parcial del Circuito Club Atlético-El Banco-El Olimpo por el Tribunal Oral
Federal Nº 2 de Capital Federal; el reguero de perdones que despachó el TOF Nº
1 de Córdoba sobre 7 imputados de un total de 31, en el proceso por los hechos
de la Unidad Penal Nº 1 de esa provincia y el escandaloso perdón en los 13
casos en que se acusaba al torturador Juan Carlos Rolón en el juicio parcial
por hechos ocurridos en la ESMA. De hecho, entre los 17 juicios realizados en
2011, hubo absoluciones de 7 genocidas en 6 de ellos. Estos casos alertan
sobre la necesidad de completar las investigaciones incriminatorias preliminares
sobre cada imputado para arribar a la etapa oral sin dar posibilidad a las
“dudas” absolutorias.
Hay que destacar un estancamiento en la cantidad de procesos que se
realizan cada año, si se pondera que en 2010 se realizaron 19 juicios con
cerca de 150 condenas y en 2011 fueron 21 juicios en todo el año con sólo 85
condenas (la mitad de ellas a perpetua) y 7 absoluciones, por un total de 448
casos de víctimas del Terrorismo de Estado. Es grave el estancamiento de la
tendencia, a corroborar este año, si se tiene en cuenta que la cantidad de
procesos venía creciendo paulatinamente desde los 2 juicios de 2006, los 2 de
2007, los 5 de 2008 y 13 de 2009. Y que según datos del poder judicial, hasta
junio de 2012 son 12 los juicios orales que tienen fecha de inicio confirmada y
que se realizarán en Mar del Plata, Capital, Comodoro Rivadavia, Rosario,
Neuquén, Entre Ríos, Tucumán, La Rioja, Salta y Santa Fe. Sumados a los 7
que se están realizando desde 2011 sumarían sólo 19. En marzo de 2012 llegó a
sentencia la Causa por Carlos Alberto Moreno en Mar del Plata.
Más pesimista es el balance
sobre 2011 al corroborar que, salvo en la Causa ESMA, en la mayoría de los
procesos de este año se juzgó a menos de 10 represores por causa, siendo
que se tuvieron en cuenta hechos y centros represivos tan importantes como los
CCD “Orletti”, “Vesubio”, la “causa Urondo”, la masacre de “Margarita Belén” y
la segunda versión de la causa “Las Palomitas”. Además en 2011 hubo sólo 4
procesos por supresión de identidad y apropiación de hijos de desaparecidos, en
los casos Cabandié y Evelin Karina Bauer Pegoraro en Capital Federal, Martínez
Aranda-Goya en San Juan y por los mellizos Negro-Valenzuela en Paraná. Y más
allá de que se está realizando el juicio por el “Plan Sistemático” de apropiación
de hijos de desaparecidos, que sólo contempla 34 casos (27 de ellos nacidos en
cautiverio), estos datos marcan la urgencia de un replanteo sobre la política
de restitución de los más de 400 niños apropiados a los que falta devolverles
su verdadera identidad, más aún cuando el proceso no está acompañado del
castigo penal a todos los apropiadores.
Para La Plata el año 2011 no sumó grandes cambios, ya que si bien
comenzó un proceso largo con 26 represores imputados por unas 300 víctimas, en
2011 sólo se pudo condenar al guardia cárcel de la Unidad Penitenciaria N° 9,
Pedro César Guerrero, juzgado en una causa residual de la de “Unidad 9” de
la que quedó afuera gracias a haberse profugado en la etapa de instrucción, y
donde fue condenado a sólo 9 años de prisión por 7 de los 15 casos de torturas
a presos políticos de los que se lo acusaba. Suman 20 los genocidas
condenados en La Plata desde la reapertura de las causas, una cifra poco
representativa para una zona represiva que contó con al menos 12 CCD y
miles de víctimas de la represión coordinada tanto por la policía Bonaerense
como por Ejército, la Armada y agentes civiles de Inteligencia o de grupos
paraestatales como el CNU.
Por último, hay en la jurisdicción federal de La Plata unas 15 causas
fragmentadas en instrucción con procesamientos que incluye nada más que a 54
represores a ser juzgados en próximos juicios.
Casi la única novedad a mencionar respecto a los reclamos de los
organismos de DD.HH sobre mayor celeridad en los procesamientos, así como mayor
acumulación de las causas hacia la lógica de CCD o de Circuito represivo y
contra la revictimización que el esquema fragmentado de juicios está
planteando, se refleja en una tardía y tibia propuesta de la Cámara de
Casación Penal, que prometió convocar a un plenario especial en febrero de 2012
para “fijar reglas prácticas” para agilizar los juicios. En realidad esa es
una facultad que este tribunal (encargado de revisar los procesos llegados a
sentencia como instancia anterior a la Corte Suprema) siempre tuvo, pero nunca
usó y que lo transformó en un verdadero obstáculo que acumulaba más de 100
recursos por año en expedientes de lesa humanidad y con ello estiraba el
proceso de condenas. Según un informe reciente de la Unidad de Coordinación y Seguimiento
de las causas de Derechos Humanos de la Procuración General, en 2011 Casación
revisó sólo 6 sentencias, y de los represores sentenciados, sólo 43 tienen
condena firme. En cuanto a su propuesta para agilizar los juicios y preservar a
los testigos, en la resolución N°20/2011, titulada “sobre testigos
víctimas”, el tribunal propone genéricamente “arbitrar los medios necesarios
para disminuir y/o evitar cualquier agravamiento en la condición psicológica de
las víctimas”. La promocionada Acordada N°1 de 2012, firmada por
algunos de los jueces que se cansaron de otorgar excarcelaciones a los
genocidas como Eduardo Riggi, Raúl
Madueño y Ángela Ledesma
recoge los siguientes viejos reclamos de las querellas: En instancias de
impugnaciones, movilizar sólo las piezas imprescindibles de la causa y no todo
el cuerpo; en cuanto a plazos procesales, se rechazarán planteos que no decidan
las cuestiones principales y retarden innecesariamente; se deberá citar a
juicio y a ofrecimiento de prueba a todas las partes en conjunto, remitiéndoles
la causa a tiempo; se llamará a audiencia preliminar al juicio con todas las
aprtes para acordar limitar la prueba a lo más relevante, así como producir
allí la lectura de requerimientos de elevación para acelerar el juicio; se dará
la posibilidad de reproducir en audiencia testimonios de otros juicios en
soportes audiovisuales, pertinentes por conexidad; y con ello sustituir el
testimonio en persona por soporte audiovisual o por escrito, excepto oposición
de alguna parte, donde el tribunal debe requerir motivo e interés puntual y
luego resolver sin afectar el derecho a control de la prueba o a repreguntar;
se tratará evitar divulgar datos personales de las víctimas y testigos, y no
utilizar agentes de seguridad para notificarlos; y limitar la extensión de los
alegatos de querellas y defensas y las últimas palabras de los imputados para
noestirar los procesos.
En realidad estos conceptos sólo sugieren a las Cámaras Federales un
ideal de acción en cuestiones formales, sobre todo para acelerar los debates
orales, cuestiones que si bien son importantes, no alcanzan para romper la
estructura de impunidad que la propia instrucción infinita y fragmentada de las
causas termina imponiendo como realidad que, a más de 8 años de caídas las leyes
de impunidad, siga habiendo más genocidas muertos impunes que efectivamente
condenados.
A 36 años del golpe genocida seguimos luchando por:
- CÁRCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS. JUSTICIA POR
TODOS LOS COMPAÑEROS.
- JUICIOS POR CENTRO CLANDESTINO DE DETENCION O CIRCUITO REPRESIVO.
- RESTITUCIÓN DE NUESTROS HERMANOS APROPIADOS. - JUICIO Y CASTIGO A LOS
RESPONSABLES DEL SECUESTRO Y DESAPARICIÓN DE JORGE JULIO LÓPEZ Y DE LUCIANO
ARRUGA.
- BASTA DE AMENAZAS A LOS TESTIGOS EN LOS JUICIOS. JUSTICIA POR SILVIA
SUPPO.
- BASTA DE GATILLO FÁCIL. FUERA LA POLICÍA DE NUESTROS BARRIOS.
- BASTA DE REPRESION Y PERSECUSIÓN A LOS QUE LUCHAN. LIBERTAD A TODOS
LOS PRESOS POLÍTICOS. AMNISTÍA O DESPROCESAMIENTO A LOS LUCHADORES POPULARES.
30.000 COMPAÑEROS DETENIDOS-DESAPARECIDOS
PRESENTES!!!
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